11/jul/2020

Restricciones a la movilidad en el ámbito territorial delimitado conjuntamente por los Ayuntamientos de Viveiro, Xove, Foz, Barreiros y Ribadeo

La ORDEN de 10 de julio de 2020 sobre medidas de prevención, a consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19, en su artículo Segundo, punto 1.a, limita la entrada y salida de personas del ámbito territorial determinado conjuntamente por los ayuntamientos de Viveiro, Xove, Cervo, Foz, Barreiros y Ribadeo, a partir de las 00.00 horas del día 11 de julio de 2020.

No obstante la anterior limitación, se podrá entrar y salir del ámbito territorial delimitado por las siguientes razones:

1º) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial, incluyendo el transporte, la prestación de servicios, el comercio y las activida des empresariales y económicas.
2º) Retorno al lugar de residencia habitual.
3º) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
4º) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
5º) Por desplazamientos al Hospital de la Mariña o desde el Hospital de la Mariña, o del mismo modo, a los puntos de atención continuada de acuerdo con la asignación correspondiente.
6º) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

La limitación de entrada y salida del ámbito territorial delimitado no afectará la circulación por autovías y otras vías de comunicación cuando se trate de movilidad con origen y destino fuera de él, siempre y cuando no componerte la movilidad fuera de estas vías.

De acuerdo con dicha ORDEN, queda restringida la movilidad en los Ayuntamientos de Ribadeo y Trabada; que afecta al tránsito de peregrinos en el Camino del Norte en Galicia.

XUNTA DE GALICIA